Diferencia entre letras de cambio y pagaré

La letra de cambio es un documento escrito que obliga a una de las partes a pagar una cierta cantidad a la otra parte a la vista o al vencimiento de un período de tiempo determinado. Hay tres partes en las letras de cambio, a saber:

  1. Librador: El librador es el vendedor de las mercancías que libra la letra y tiene derecho a recibir el importe de la letra.
  2. Librado: El librado es el comprador de los bienes a cuyo nombre se gira la letra, y está obligado a pagar el importe de la letra.
  3. Beneficiario: El beneficiario es la persona a quien se debe realizar el pago. El beneficiario puede ser el propio librador si posee la letra el día del vencimiento, o el Banco en caso de que la letra haya sido descontada del banco o el tercero (endosatario) a quien el librador haya endosado la letra.

“Una letra de cambio es un instrumento por escrito, una orden incondicional firmada por el fabricante que ordena pagar una determinada suma de dinero solo a o a la orden de una determinada persona o al portador del instrumento”. – La Ley de Instrumentos Negociables de la India, 1881

Características de las Letras de Cambio:

De acuerdo con la definición anterior, las siguientes son las características de una Letra de Cambio:

  • Las letras de cambio deben constar por escrito.
  • Es una orden de pago, no una solicitud. 
  • La orden debe ser incondicional.
  • El importe de una factura está predefinido.
  • Una letra tiene una fecha de vencimiento fija.
  • Una letra debe ser firmada por el librador y el librado. Una letra, antes de ser aceptada y firmada por el librado, se llama giro.
  • El importe de una factura se paga a la vista o al vencimiento de un período de tiempo fijo.
  • Una letra es pagadera a una persona específica o al portador de la letra.
  • Un proyecto de ley se redacta en un papel timbrado o lleva un sello.

Un pagaré es un instrumento financiero por escrito emitido por el comprador de los bienes (el deudor) como una promesa de pagar una cierta cantidad fija al vendedor, ya sea a la vista o al vencimiento de un cierto período fijo. Solo hay dos partes en un Pagaré:

  1. Librador: Persona que libra un pagaré y lo firma para prometer pagar la cantidad fija al vendedor.
  2. Beneficiario: Persona a quien se debe pagar el monto.

Definición

“Un pagaré es un instrumento por escrito que contiene un compromiso incondicional firmado por el fabricante para pagar una cierta suma de dinero a, o a la orden de, cierta persona”. – La Ley de Instrumentos Negociables de la India, 1881

Características de un pagaré:

Las siguientes son las características de un pagaré: 

  • Se debe escribir un pagaré.
  • La nota debe ser incondicional.
  • Debe haber una promesa de pago de la cantidad fija.
  • El importe de una factura está predefinido.
  • Debe estar firmado por el fabricante.
  • El pagaré no puede hacerse pagadero al portador.
  • Debe llevar un sello según el valor.

Diferencia entre letras de cambio y pagarés:

Base

 Billetes de cambio

Pagaré

Sentido La letra de cambio es un documento escrito que obliga a una de las partes a pagar una cierta cantidad a la otra parte a la vista o al vencimiento de un período de tiempo determinado. Un Pagaré es un instrumento financiero por escrito emitido por el comprador de los bienes (el deudor) como una promesa de pagar una cierta cantidad fija al vendedor, ya sea a la vista o al vencimiento de un cierto período fijo.
Fiestas Hay tres partes en las letras de cambio, a saber, el librador, el librado y el beneficiario. Solo hay dos partes en un pagaré, a saber, el librador y el beneficiario.
Cajón Lo libra el vendedor o el acreedor. Lo libra el comprador o el deudor.
Naturaleza  Es una orden de pago. Es una promesa de pago.
Aceptación Debe ser aceptado y firmado por el librado. No se necesita aceptación como tal.
Responsabilidad del librador  La responsabilidad del librador es secundaria. Sólo es responsable cuando el librado no paga la cantidad. La responsabilidad del librador es primaria.
Un cajón como Beneficiario El Librador puede ser el beneficiario si retiene la letra hasta la fecha de vencimiento. El Girador no puede ser el Beneficiario ya que es la persona obligada a pagar la cantidad.
copias En el caso de comercio exterior se hacen tres copias, en caso contrario se hace una copia.  Siempre se hace una copia.
Sellos No es necesario sellar en caso de facturas pagaderas “a la vista”. Un pagaré debe llevar siempre un sello.

Publicación traducida automáticamente

Artículo escrito por qudushia03august y traducido por Barcelona Geeks. The original can be accessed here. Licence: CCBY-SA

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