Derecho a la libertad de religión en India (artículos 25-28)

Un estado laico significa que debe permanecer en silencio sobre asuntos religiosos. Es una doctrina antigua en la India que el Estado protege todas las religiones pero no interfiere con ninguna. La Corte Suprema al explicar el carácter secular ha dicho: “ No hay verdad espiritual en el carácter secular del Estado ”. El laicismo aparta a Dios de los asuntos del Estado y aclara que nadie debe ser tratado diferente por motivos de religión. El Estado no tiene religión propia.

Derecho a la libertad de religión significa laicismo. El laicismo está en el Preámbulo de la Constitución y asegura la libertad de pensamiento, creencia, fe y culto de todos sus ciudadanos. Por la Enmienda 42 de la Constitución, se insertó la palabra “ secular ” en el Preámbulo de la Constitución. Sin embargo, incluso sin esta enmienda, el laicismo era una naturaleza inherente de la Constitución india. En un Estado Secular, el Estado se preocupa únicamente por la relación del hombre con el hombre y no por la relación entre el hombre y Dios. 

En SR Bommai v. Union of India (1994 SC), la Corte Suprema ha sostenido que el secularismo es una característica básica.

En M. Ismail Faruqui v. Union of India (1994 SC), llamado popularmente el Caso Ayodhya, la Corte Suprema después de una discusión detallada ha resumido el verdadero concepto de laicismo en la Constitución. No hay religión en el Estado. El laicismo se describe ampliamente en los artículos 25 a 28, y estos artículos protegen el derecho a la libertad de religión . El concepto de laicismo es como la naturaleza del derecho a la igualdad.

Libertad de conciencia y libre profesión, práctica y propagación de la religión (Artículo 25):

El artículo 25(1) establece que “toda persona tiene libertad de conciencia y derecho a profesar, practicar y propagar la religión”. Este derecho está sujeto al orden público, la paz, la moral y la salud por lo que no es un derecho absoluto.

De acuerdo con el artículo 25(1), una persona tiene una doble libertad:

a) libertad de conciencia

b) la libertad de profesar la religión, su práctica y propagación.

  • La libertad de conciencia es la libertad completamente inherente al ciudadano de elegir y producir su propia relación con Dios de la manera que quiera.
  • Profesar una religión significa declarar con libertad los propios pensamientos religiosos, creencias, etc.
  • Practicar la religión significa realizar deberes, derechos o rituales religiosos esenciales . Significa actos realizados en cumplimiento de creencias religiosas.
  • Para propagar medios para difundir la visión religiosa de uno a los demás. Sin embargo, el derecho a propagar la religión no otorga a ninguna persona el derecho de convertir la religión de otra persona por coerción o por cualquier otro medio ilegal.

El artículo 25 garantiza la libertad de religión a todos los ciudadanos y no sólo a una religión en particular. No existe tal derecho para que un individuo convierta la religión de otra persona por cualquier medio. Es una decisión propia elegir la religión. ( Caso: Rev. Stanislaus v. Estado de Madhya Pradesh (1977 SC)

Algunas restricciones a la Libertad de Religión:

1. La libertad de religión está sujeta al orden público, la moral y la salud:

No se puede realizar ningún acto contra el orden público, la moral y la salud del público, en nombre de la religión. También intocabilidad o tráfico de seres humanos, ej. sistema de Devadasis, etc.

Acharya Jagdishwaranand Avadhuta v. Comisionado de Policía , Calcuta (conocido popularmente como el caso Ananda Marga, 1984 SC)

2. Regular o restringir las actividades económicas, financieras, políticas y seculares relacionadas con la religión:

El artículo 25 (2) (a) aclara que la libertad de práctica se extiende solo a aquellas actividades que son esenciales para mantener la dignidad de la religión.

3. Bienestar social y reformas sociales: 

El artículo 25 (2) (b) faculta a los Estados a dictar leyes para el bienestar social y la reforma social. Las actividades de inmoralidad social no se pueden practicar en nombre de dios o en nombre de la religión. En virtud de esta subcláusula, el Estado está facultado para imponer a todas las instituciones religiosas hindúes un carácter público para todas las clases y sectores de los hindúes. El derecho de los sijs a llevar Kirpans se reconoce como una práctica religiosa, pero esto no significa que un sij pueda llevar cualquier número de Kirpans. Tiene derecho a quedarse con uno solo.

Libertad de gestión de los asuntos religiosos (artículo 26):

El artículo 26 tiene los siguientes derechos:

  1. Establecer la institución y su mantenimiento con fines religiosos y fiduciarios.
  2. Para mantener y administrar sus propios asuntos de religión.
  3. Poseer y adquirir bienes muebles o inmuebles.
  4. Administración de inmuebles para actividades religiosas con las disposiciones de ley.

El derecho garantizado por el artículo 25 es un derecho de una persona individual, mientras que el artículo 26 garantiza el derecho de un organismo organizado.

Bramchari Sidheswar Shai c. Estado de Bengala Occidental (1995 SC). conocido popularmente como el Caso de la Misión Ramakrishna.

  • Derecho a la libertad de establecer y administrar instituciones con fines religiosos:  Según el artículo 26(1)(a), toda persona religiosa tiene derecho a establecer y mantener instituciones con fines religiosos.
  • Derecho a administrar asuntos de religión: según el artículo 26 (1) (b), una organización religiosa o fideicomiso es libre de administrar sus propios asuntos religiosos. El Estado no puede interferir en el ejercicio de este derecho a menos que realice actos violatorios o ilegales contra el orden público, la salud o la moralidad.
  • Derecho a administrar los bienes pertenecientes a la denominación: el artículo 26 (1) (c) y (d) establece que la denominación religiosa tiene derecho a la posesión de los bienes ya administrar dichos bienes de conformidad con la ley.

Libertad de Pago de Impuestos para la Promoción de cualquier religión (Artículo 27):

El artículo 27 establece que una persona no puede ser obligada a pagar impuestos sobre la promoción o el mantenimiento de una religión en particular. Este artículo muestra la laicidad del Estado. El impuesto recaudado por el público de esa manera no puede ser gastado por el estado para la promoción de ninguna religión en particular.

India es un estado secular y la libertad de religión está garantizada tanto para individuos como para grupos. Cabe señalar que lo que prohíbe este artículo es la imposición de impuestos y tasas. El impuesto es un aglutinante común y el único rendimiento que obtiene el contribuyente es una participación en los beneficios comunes del Estado.

Libertad en cuanto a la asistencia a la instrucción religiosa o al culto religioso en determinadas instituciones educativas (artículo 28):

De acuerdo con el artículo 28(1), no se impartirá instrucción religiosa en ninguna institución educativa mantenida y regulada por fondos estatales.

El artículo 28 se refiere a cuatro tipos de instituciones educativas:

  • a) Instituciones mantenidas íntegramente por el Estado,
  • b) Instituciones reconocidas por el Estado,
  • c) Instituciones que estén recibiendo ayudas con cargo al fondo del Estado.
  • d) Instituciones que no son establecidas por el Estado pero son administradas por el Estado.

Publicación traducida automáticamente

Artículo escrito por anupamranu123 y traducido por Barcelona Geeks. The original can be accessed here. Licence: CCBY-SA

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